Fundamentos Antropológicos de los Derechos Humanos1004
Contenido principal del artículo
Resumen
Una declaración universal de los derechos humanos es incompleta si se reduce a un
conjunto de recomendaciones para que cada persona y cada organismo de la sociedad
se esfuerce para promover, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a una serie
de valores y de derechos ligados a la dignidad humana. Así se va depauperando la
expresión “derechos humanos”, que actualmente tiende a confundirse con unas
instancias en las que pueden frustrarse frecuentemente las esperanzas de quien busca
justicia.
Para que una declaración sea completa es necesario fundamentarla en la
constitución universal humana. Solamente así quedará asegurada y garantizada su
inviolabilidad. En efecto, la primera violación a los derechos humanos consiste en
descuidar el deber urgente de aclarar la respuesta a la pregunta “¿qué es el ser
humano?”
De hecho, el tema de los derechos humanos debe ser fundamentalmente
ontológico-antropológico. De la postura antropológica derivará el tema axiológico de la
dignidad del ser humano. De la postura axiológica brotará el tema deontológico del
deber ser del ser humano. Finalmente, de la postura deontológica derivará el tema
jurídico de los derechos humanos de todos los humanos.
Brevemente. El punto de partida es necesariamente el ser. El segundo paso es el
ser humano. El tercer paso es el valor (dignidad) del ser humano. El cuarto paso será el
deber ser del ser humano.
La fundamentación de los derechos humanos que proponemos en este artículo
consiste en un proceso dinámico-histórico de una humanización concebida y realizada
como una liberación de cada hombre y de todos los hombres, sin concesiones a posturas
totalitarias que devalúan el valor del individuo, o bien a posturas liberales que no
respetan la igualdad de todos los grupos humanos. En realidad, cada persona goza de
los mismos derechos humanos, no por un beneficio concedido por una cierta clase social
o por el Estado, sino precisamente por la prerrogativa propia de ser persona.
conjunto de recomendaciones para que cada persona y cada organismo de la sociedad
se esfuerce para promover, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a una serie
de valores y de derechos ligados a la dignidad humana. Así se va depauperando la
expresión “derechos humanos”, que actualmente tiende a confundirse con unas
instancias en las que pueden frustrarse frecuentemente las esperanzas de quien busca
justicia.
Para que una declaración sea completa es necesario fundamentarla en la
constitución universal humana. Solamente así quedará asegurada y garantizada su
inviolabilidad. En efecto, la primera violación a los derechos humanos consiste en
descuidar el deber urgente de aclarar la respuesta a la pregunta “¿qué es el ser
humano?”
De hecho, el tema de los derechos humanos debe ser fundamentalmente
ontológico-antropológico. De la postura antropológica derivará el tema axiológico de la
dignidad del ser humano. De la postura axiológica brotará el tema deontológico del
deber ser del ser humano. Finalmente, de la postura deontológica derivará el tema
jurídico de los derechos humanos de todos los humanos.
Brevemente. El punto de partida es necesariamente el ser. El segundo paso es el
ser humano. El tercer paso es el valor (dignidad) del ser humano. El cuarto paso será el
deber ser del ser humano.
La fundamentación de los derechos humanos que proponemos en este artículo
consiste en un proceso dinámico-histórico de una humanización concebida y realizada
como una liberación de cada hombre y de todos los hombres, sin concesiones a posturas
totalitarias que devalúan el valor del individuo, o bien a posturas liberales que no
respetan la igualdad de todos los grupos humanos. En realidad, cada persona goza de
los mismos derechos humanos, no por un beneficio concedido por una cierta clase social
o por el Estado, sino precisamente por la prerrogativa propia de ser persona.
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Detalles del artículo
Cómo citar
Barp Fontana, L. (2014). Fundamentos Antropológicos de los Derechos Humanos. Revista Del Centro De Investigación De La Universidad La Salle, 6(23), 53. https://doi.org/10.26457/recein.v6i23.280
Sección
Artículos
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El autor puede disponer de su artículo para su archivo en repositorios institucionales o en páginas web personales, con la referencia y agradecimientos a la fuente donde se ha publicado.
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