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Rocío Silva Herrera
En el siglo XVI, el Concilio de Trento decretó que la visita
pastoral fuera uno de los medios más e caces para concretar el
proyecto de reforma de las costumbres eclesiales.
37
Por su parte,
Felipe II proveyó continuas disposiciones con el afán de que la re-
forma tridentina se aplicara en todos sus reinos.
38
Además, para el
caso especí co de las Indias, se debe tener en cuenta el Regio Pa-
tronato, por el que el obispo indiano era también un funcionario
real.
39
Las Leyes de Indias disponían el juramento de delidad a la
Corona por parte del ordinario antes de entregarle sus cartas de
presentación.
40
Luego de realizar la visita a su jurisdicción debía
remitir un informe completo a la Metrópoli.
41
Posteriormente, el III Concilio Provincial Mexicano, cele-
brado en 1585, insistió en el cuidado que el ministro se debía a sí
mismo para alcanzar una vida virtuosa, pues la honorabilidad del
pastor debía ser paradigma de vida religiosa para los eles.
42
Si el
pastor andaba cercano a las ovejas durante la visita el ejemplo de su
vida era una de las formas de suscitar la reforma de las costumbres.
La comparación de la carta del arzobispo de México de agosto
de 1684 con la del obispo de la Puebla de los Ángeles en febrero
de 1678, ambas para avisar a la Corona del término de su primera
37
Concilium Tridentinum (Conc. Trid.), Ses. XXII, Decretum de observandis et vi-
tandis in celebratione missarum; Ses. XXIV, Dec. Ref., cap. III y IV; Ses. XIII, Dec.
Ref., cap. I. Los textos conciliares fueron tomados de: Conciliorum Oecumenicorum
Decreta. Giacome Alberigo et al. (cura). Bologna: Edizioni dehoniane, 1991.
38
C . José Luis Mora. “La visita eclesiástica como institución en Indias”, en Richard
Konetzke (ed.). Jahrbuch für Geschichte on Staat Wirtscha und Gesellscha Latei-
namerikas. Wien: Böhlau Verlag Köln, 1980, 61.
39
C . Antonio Dougnac. Manual de historia del Derecho Indiano. México: Institu-
to de Investigaciones Jurídicas- Universidad Nacional Autónoma de México, 1994,
295; Alberto de la Hera, op. cit., 175-191.
40
C . Recopilación de Leyes de los Reynos de las Indias (Rec. Ind.), L. I, tit.
VII, ley I, (1681) http://fondosdigitales.us.es/fondos/libros/752/85/recopila-
cion-de-leyes-de-los-reynos-de-las-indias/?desplegar=8201&desplegar=8200&des-
plegar=8190&desplegar=8207 (consultado el 3 de junio de 2018).
41
C . Rec. Ind., L. I, tit. VII, ley XXIV.
42
C . Tercero Concilio Provincial Mexicano (III CPMx), L. III, tit. I, Del o cio y en-
tereza de vida de los obispos. Los textos de este Concilio han sido consultados en: Alberto
Carrillo (ed.). Manuscritos del Concilio tercero provincial mexicano (1585), t. III, ol.
1. Zamora: El Colegio de Michoacán, 2009.
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